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La Fundación Filia de Amparo al Menor, fue fundada por su presidenta Dña. Lucía del Prado y del Castillo en el año 2011. Es una entidad sin ánimo de lucro, independiente, desvinculada de cualquier ideología política y religiosa, sujeta a la legislación vigente y a sus estatutos, inscrita en el Registro Estatal de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad con nº 28-1652 y bajo el Protectorado del Ministerio de Justicia, que nace con la vocación de ser voz y concienciar, en mayor grado, a la sociedad en general y a los poderes públicos en particular, de los efectos gravemente perniciosos y muchas veces irreversibles que causa en los hijos menores la animadversión, el rencor, y a veces el odio, con que frecuentemente se relacionan los progenitores antes, durante y después de finalizar los procesos judiciales de la alta conflictividad familiar.

Este gran reto que revindica la Fundación está recogido en la vigente Convención sobre los Derechos del Niño, el tratado de Derechos Humanos más ratificado del mundo, aprobada en 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se refleja la necesidad de proporcionarles cuidado y asistencia especiales en razón de su vulnerabilidad y protección jurídica.

Desde Fundación Filia difundimos, defendemos e impulsamos el respeto de la dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia. Realizando un llamamiento especial a los órganos de la administración de Justicia y demandamos: objetividad, imparcialidad y seguridad jurídica en la actuación protectora del menor; velando por el desarrollo de medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas necesarias para garantizar el derecho del niño, niña o adolescente a desarrollarse libre de cualquier forma de violencia, perjuicio, abuso físico o mental, descuido o negligencia, malos tratos o explotación.

En consecuencia, tratamos de consolidar:
– La Supremacía y Prevalencia del Interés Superior del Menor.
– El Mantenimiento de los vínculos del menor con sus dos progenitores y entorno familiar extenso.
– La Prevención de aquellas situaciones que puedan perjudicar su desarrollo personal.
– La Sensibilización de la Sociedad ante posibles situaciones de indefensión y desamparo del menor.
– La Promoción de la Participación y Solidaridad Social.